martes, 22 de mayo de 2018

¿El Derecho es Ciencia?




Desde que ingrese a la Facultad de Derecho de San Marcos, he entrado a la discusión sobre si es el derecho es ciencia o no. Intensos debates se dieron en las aulas del 1er. Año de derecho y de ello obtuve mi propia conclusión luego de muchas reflexiones. El derecho es ciencia, por qué: (i) tiene un objeto de estudio y (ii) tiene un método de estudio que le permiten obtener esta categoría.

En primer lugar, el derecho tiene un objeto de estudio. Muchos yerran desde mi concepción al decir que el objeto de estudio del derecho es la “ley”. La ley es el resultado derecho, pero no la fuente del derecho. El objeto de estudio del derecho es el por qué la los hombres regulan sus conductas entre sí.

En efecto, lo que la ciencia del derecho observa en primer lugar cuales son los valores de una sociedad dependiendo de su espacio y tiempo, y en función a esos valores analiza como han normado su conducta los nos respecto de otros. Para explicar este concepto pondré un ejemplo: Supongamos que en un pueblo aislado, dependiendo de su espacio (territorio y sus condiciones) y su tiempo (cronología histórica determinada), han normado sobre el uso del agua. Un pueblo que vive en un desierto y aislado, el agua es escasa y no tienen fuentes de abastecimiento. El pueblo valora la vida humana respecto de las demás, por ello, norma cuantos animales pueden tener, y cuánta agua pueden gastar, pues de otra manera habría un desbalance en la continuación de la vida del pueblo aislado. Como cada familia máxima puede tener un perro, si la perra de la casa pare cachorros, la norma es que todas las crías deban morir siendo enterrados el mismo día. Esta norma del pueblo ¿Podría ser catalogada como cruel?, Obviamente desde nuestra concepción, de un espacio y tiempo histórico distinto, nuestros valores son diferentes, pues tenemos otras circunstancias respecto de la vida de los animales.

Como se puede apreciar, lo que el derecho estudia es la forma en que los hombres regulan sus conductas entre unos y otros, dependiendo de su espacio y tiempo, que es lo que justamente recogió la Escuela Histórica del Derecho propuesto por Jhering.

En segundo lugar, el derecho tiene un método de estudio, siendo estos: a) el método histórico-lógico, b) El método análisis-síntesis, c) El método Abstracción-concreción; d) El método Inductivo-Deductivo; e) El Método Sistémico-estructural-funcional.

El método para una ciencia es fundamental, pues de ella dependen los resultados a obtener. En ese sentido el derecho utiliza todos estos métodos para poder comprender las relaciones de los hombres y las normas que producen.

Con el método histórico-lógico permite situar el derecho en su devenir histórico, su desarrollo y evolución, para entender su tendencia.

Con el método análisis-síntesis el derecho descompone el objeto de estudio para luego analizar cómo se integran al recomponerlo.

Con el método abstracción-concreción el derecho puede enfocar el objeto de estudio abstrayéndolo de su entorno, analizando su singularidad, la esencia, y su estabilidad de lo que es casual, de lo secundario y lo mutable.

A partir del método inductivo-deductivo (que son 2 formas del razonamiento contrapuesto) permiten establecer generalidades a partir de aspectos concretos, y verlo común entre las individualidades, para luego otra vez ver volverlo particular.

Finalmente con el método sistemático-estructural permite ver el objeto de estudio dentro de una estructura compleja y como se integra, analizando los subsistemas adyacentes y como interactúan.

En conclusión, el derecho es ciencia porque tiene un objeto de estudio siendo este de como los hombres regulan sus conductas entre ellos, para la cual utiliza varios métodos científicos de análisis para poder abstraer de la realidad el objeto de estudio, organizándolo dentro de un sistema en un espacio y tiempo determinado, observando su origen y desarrollo en la realidad.

David Torres Barreto
Abogado

Foto tomada de internet