INFORME LEGAL
N°12-ABRIL 2020
DECRETO
SUPREMO Nº 067-2020-PCM
QUE
DISPONE MEDIDAS COMPLEMENTARIAS EN EL MARCO DE LA DECLARATORIA DE ESTADO DE
EMERGENCIA
El
día de hoy fue publicado, en el diario Oficial El Peruano, el Decreto Supremo
N° 067-2020-PCM el cual decreta lo siguiente:
Se autorizó de
manera excepcional al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), para que
distribuya directamente a la población vulnerable, las donaciones provenientes
del sector privado en el marco de la declaratoria del Estado de Emergencia
Nacional.
Se autorizó de manera excepcional al
Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), para que distribuya
directamente a la población vulnerable, los bienes de ayuda humanitaria,
consistente en alimentos, en el marco de la declaratoria del Estado de
Emergencia Nacional.
¿CUÁLES
SON LOS CRITERIOS PARA LA IDENTIFICACIÓN DE LA POBLACIÓN?
El Instituto Nacional de
Defensa Civil (INDECI) establece los criterios para la identificación de la
población vulnerable beneficiaria de
la distribución directa autorizada por el presente decreto supremo, para lo
cual podrá coordinar con el Ministerio de Salud, el Ministerio de Desarrollo
e Inclusión Social, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, los
gobiernos regionales y los gobiernos locales, así como otras entidades
relacionadas con la atención de la emergencia.
Esperamos
que este informe le sirva de ayuda. No dude en contactarnos a estos correos davidtorres@estudiodtbabogados.com o brunolezano@estudiodtbabogados.com si usted tuviera alguna consulta o requiera
asesoría legal en cuanto a los últimos acontecimientos dados en nuestro país.
Atentamente,
David
Torres Barreto
Ana Davila Lorino
Estudio DTB abogados Estudio DTB abogados
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