Hoy fue
promulgado en el Diario Oficial "El Peruano" la Ley Nº 30877 - Ley
General de Bodegueros, en la cual reconocen al bodeguero como una actividad de
micro o pequeña empresa, asimismo establece diversas facilidades y beneficios
tales como:
- El acceso al
sistema financiero a través de entidades supervisadas por la SBS.
- Mejor
tratamiento tributario en beneficio de las bodegas a través de
determinados regímenes tributarios que debe adoptar
la SUNAT.
- El acceso a
mejores tarifas de servicios públicos.
- La
simplificación administrativa en diversos tramites, entre ellos la de
obtener la licencia de funcionamiento en forma automática.
- Capacitación y
asistencia técnica por parte de los gobiernos regionales y local a favor
del Bodeguero, asimismo la dotación de servicios tecnológicos.
Como se puede apreciar, la norma
bajo comentario otorga diversos beneficios y le otorga a los bodegueros la
calidad de micro o pequeño empresario, sumado a que se establece el 12 de
agosto de cada año como "Día del Bodeguero".
Es relevante las facilidades y
beneficios que reconoce el Estado a favor de las Bodegas toda vez que es una de
las actividades mas antiguas en el Perú, y se estima que a la fecha
existen màs de 400 mil bodegas que en su mayoría son negocios que
funcionan en viviendas familiares, además que durante años no existieron
mecanismos de promoción que permita a los bodegueros competir en
condiciones similares con las grandes cadenas de mercados, de tal modo que
la Ley Nº 30877 le otorga un marco legal adecuado a dicho sector.
Estudio DTB Abogados
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