INFORME LEGAL N°7-ABRIL 2020D.U. N° 035-2020
¿QUÉ MEDIDAS ADOPTARÁN LAS EMPRESAS DE SERVICIOS BÁSICOS DURANTE LA CUARENTENA?
Recordemos que el viernes 03 de abril del 2020, en una edición extraordinaria, se publicó en el diario Oficial El Peruano el Decreto de Urgencia N° 035-2020 en el cual en su título I se hace mención a las medidas de continuidad de la prestación de los servicios públicos básicos para la población vulnerable.
Dicha
medida estará vigente durante el Estado de Emergencia Nacional declarado
mediante el Decreto Supremo Nº 044- 2020-PCM y sus prórrogas, a fin de que
las empresas garanticen la continuidad de la prestación adecuada de los
servicios públicos de energía eléctrica, gas natural y telecomunicaciones,
se establece medidas económicas, a través de la reprogramación y
fraccionamiento del pago de los recibos y facturas de los servicios
públicos básicos de energía eléctrica, gas natural y telecomunicaciones.
Podrán ser fraccionados por
las empresas de distribución eléctrica y por las empresas de
distribución de gas natural por ductos hasta en veinticuatro (24)
meses.
Se
considera como población vulnerable
a los siguientes usuario:
- Usuarios residenciales del servicio de electricidad con consumos de hasta 100 kWh mensuales.
- Usuarios residenciales del servicio de electricidad de los sistemas eléctricos rurales no convencionales abastecidos con suministro fotovoltaico autónomo.
- Usuarios residenciales del servicio de gas natural con consumos de hasta 20 M3 /mes.
Para
el fraccionamiento de los recibos referidos las empresas prestadoras de
servicios de distribución de electricidad y distribución de gas natural por red
de ductos, consideran lo siguiente:
- Los recibos fraccionados no se consideran vencidos
- No aplican
intereses moratorios, cargos fijos por mora, o cualquier otro concepto
vinculado al no pago de los recibos fraccionados, salvo los intereses compensatorios
- Los intereses compensatorios máximos
aplicables son los establecidos en el artículo 176 del Reglamento de la Ley de
Concesiones Eléctricas. Dichos intereses son cancelados con los saldos
disponibles del Fondo de Inclusión Social Energético (FISE), hasta un máximo de
S/ 25 000 000 (VEINTICINCO MILLONES y 00/100 SOLES
EL FRACCIONAMIENTO SEÑALADO SE REALIZARÁ HASTA
EN TREINTA (30) DÍAS HÁBILES POSTERIORES DE CONCLUIDO EL ESTADO DE EMERGENCIA
NACIONAL.
El Gobierno está trabajando en una norma para el prorrateo de recibos de
servicios básicos
El Gobierno alista una norma para replicar el
prorrateo de Sedapal en el pago de recibos en otros servicios básicos,
como las tarifas eléctricas, a fin de asegurar q la continuidad de los
mismos entre la población durante la emergencia nacional decretada por
el coronavirus (COVID-19). La norma será publicada como Decreto de
Urgencia esta semana, anunció la ministra de Economía.
En esta línea, la Superintendencia Nacional de
Servicios de Saneamiento (Sunass) recordó que las empresas prestadoras de
servicios de saneamiento no pueden suspender el servicio por falta de pago.
Esto se establece en las restricciones y limitaciones de un estado de
emergencia, respaldada en la ley Nº 29875, que facilita el pago y la reconexión
de los servicios públicos de agua, electricidad, gas natural, telefonía e
Internet.
IMPORTANTE:
La única empresa que se ha pronunciado al respecto
es SEDAPAL la cual anuncio la suspensión de todos los cortes de agua
que se tenían programados por trabajos de mantenimiento y mejoramiento. Esta
medida también incluye todos los cortes de servicio por falta de pago,
durante la vigencia del Estado de Emergencia Nacional por el avance del
coronavirus (Covid-19).
No se realizará corte de servicio de agua potable por falta de pago a
los clientes que acumulen dos recibos vencidos de consumo o una cuota vencida
de convenio", se
lee en el comunicado oficial emitido por la entidad.
Esperamos
que este informe le sirva de ayuda. No dude en contactarnos a estos correos davidtorres@estudiodtbabogados.com o brunolezano@estudiodtbabogados.com si usted tuviera alguna consulta o requiera
asesoría legal en cuanto a los últimos acontecimientos dados en nuestro país.
Atentamente,
David Torres Barreto Ana Davila Lorino
Estudio DTB abogados Estudio DTB abogados
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